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Introducción

La Ley 6/2025 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2025 introduce importantes novedades tributarias en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), destacando cambios claves para no residentes que convierten a Baleares en un territorio especialmente atractivo para la planificación patrimonial.

1. Aplicabilidad a no residentes

La normativa balear extiende beneficios fiscales a no residentes, eliminando el requisito de residencia fiscal en España para poder aplicar deducciones o bonificaciones autonómicas.

2. Bonificación del 100% en herencias

Se mantiene la bonificación del 100% de la cuota íntegra del ISD para familiares directos (Hijos, Padres, Cónyuges, Abuelos y Nietos), ahora también aplicable a no residentes.

3. Deducción del 100% en donaciones inter vivos

Las donaciones formalizadas en escritura pública y cumpliendo criterios de valoración pueden aplicar una deducción del 100% para cónyuge, descendientes y colaterales hasta tercer grado.

4. Valoración

Estos beneficios fiscales están condicionados a que para los inmuebles heredados o donados se declare el valor de referencia fijado por el Catastro incrementado como máximo un 20%, y no se declare un valor superior al de mercado para los inmuebles que no tengan valor de referencia.

Hay un aspecto que hay que valorar en caso de formalizar una donación de un bien inmueble por cuándo podría generar ganancias patrimoniales para el donante sujetas al Impuesto sobre la Renta.


Conclusión

La reforma fiscal de Baleares para 2025 mejora de manera sustancial la fiscalidad de herencias y donaciones, especialmente para no residentes. Constituye una oportunidad estratégica para planificar transmisiones patrimoniales con un coste fiscal reducido.


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